Con el auge de la venta online, cada vez hay más locales comerciales a la venta en Alcoy y pueden convertirse en una solución habitacional. Pero ¿cómo convertir un local comercial en una vivienda?
Depende de cada localidad y, aunque en Alcoy no conocemos que se hay puesto en práctica, te contamos cómo hacerlo en toda España.
La tendencia de convertir locales comerciales en viviendas no es nueva. En Nueva York fue una tendencia en los años 50, para poder vivir en el centro de la ciudad. En España no tiene tanto arraigo, pero en los últimos años también ha sufrido un gran aumento de interés y peticiones.
En algunos barrios de Madrid o Barcelona y en calles adyacentes a zonas comerciales la demanda de licencias para cambiar el uso de local comercial a vivienda se ha triplicado en los últimos 3 años.
Requisitos y trámites para convertir un local comercial en vivienda
Legalmente no se puede vivir en un local comercial y, para hacerlo, se ha de habilitar como vivienda, siguiendo una serie de requisitos y trámites, alguno de ellos en dependencia con el Plan de Ordenación Urbana de Alcoy o de la población donde quieras realizar el trámite.
Para convertir un local comercial en vivienda hay que cumplir una serie de requisitos:
- Tener permiso de la comunidad de vecinos. La mayoría de los locales en Alcoy están en comunidades de viviendas, por lo que es necesario el visto bueno de la comunidad de vecinos, a no ser que los estatutos ya contemplen y permitan este uso de los locales previamente.
- El local ha de cumplir los requisitos básicos de las Condiciones del Código Técnico de la Edificación (CTE), entre los que se encuentran la ventilación e iluminación adecuada, condiciones mínimas de seguridad, medidas mínimas o salida de humos, establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
- Para conseguir la cédula de habitabilidad se han de realizar los siguientes trámites:
- Aprobación del Ayuntamiento de Alcoy del proyecto técnico de cambio de uso
- Pago de tasas e impuestos municipales
- Declaración de alteración catastral
- Licencia de primera ocupación de la vivienda, presentando al Ayuntamiento el certificado final de obra
Además, se han de tener en cuenta otras consideraciones como que el suelo sea de naturaleza urbana o no superar el número de viviendas por hectárea establecidas en la zona.
Por último, el notario redactará la nueva escritura y el registrador de la propiedad inscribirá el cambio de uso del inmueble.